-José David Son Turnil / RI KAXKOL (EL SERVICIO COMUNITARIO)–
El Estado de Guatemala se erigió a partir de los intereses de las élites, conservadoras primero y liberales después, la legislación como un elemento supraestructural respondió a los intereses de las élites. De ahí que se construyó un Estado oligárquico y monocultural. Tanto Rafael Carrera como Justo Rufino Barrios fueron los paradigmas del servilismo de la oligarquía nacional, fortaleciendo un Estado que incluyó a los indígenas como mano de obra barata, los despojó de las tierras comunales que poseían y los condenó al abandono en materia de desarrollo. Pero el Estado oligárquico también limitó las oportunidades de desarrollo de los grandes sectores populares. Es un error pensar en que el Estado se construyó para los ladinos en contra de los indígenas. El Estado oligárquico también afectó las oportunidades de desarrollo de la población campesina no indígena, el proletariado y de la incipiente clase media de las áreas urbanas.
No obstante, la opresión fue el sustento del modelo económico guatemalteco y abrió las grandes brechas de desigualdad en el desarrollo humano de los habitantes. En este sentido, la población indígena fue la más afectada, seguramente por una concepción racista de la élite. Esta fue condenada al rezago, como lo demuestran los índices de desarrollo humano, al comparar a la población indígena con la no indígena se encuentran brechas de desigualdad, por ejemplo, la mayoría de analfabetas son indígenas, la mayoría de pobres son indígenas, la mayoría de desnutridos son indígenas, etcétera. Sin embargo, este Estado monocultural, opresor y racista ha ido cambiando con el tiempo, tanto por la incidencia de nuevos liderazgos nacionales como por la influencia de la comunidad internacional. Ahora la utopía es consolidar un Estado plural que represente los intereses de todos sus habitantes sin discriminación alguna.
Esta transición empezó desde los gobiernos democráticos de Arévalo y Arbenz, se interrumpió por la contrarrevolución y se complicó durante el conflicto armado, pero a partir de 1985 el Estado retomó la ruta de la modernización y la democracia. La Constitución Política de la República de 1985 recoge el sentir de una población multiétnica, bajo la influencia de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Convenio 107 de Poblaciones Indígenas. Debe recordarse que el Convenio 169 fue aprobado en 1989 y ratificado por Guatemala en 1996, después de la actual Constitución Política de la República. Este apunte es importante porque lo que hoy demandan los liderazgos indígenas con relación a la reforma a la Constitución en gran medida tiene asidero en el Convenio 169. Por eso se entiende también que en la Constitución del 85 se hace referencia a grupos étnicos y poblaciones indígenas, como lo establece el Convenio 107.
La Constitución Política de la República enuncia en su artículo cuarto: “En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos… ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad”. Deja claro que el Estado, desde su carta constitutiva, no promueve la discriminación ni hace exclusión alguna de ningún sector, grupo o pueblo. En consecuencia, este derecho constitucional puede ser ejercido igual por la población ladina que por la población indígena.
El artículo 58 especifica que: “Se reconoce el derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus valores, su lengua y sus costumbres”. Este artículo tiene una visión de pluralidad. En el mismo, se incluye taxativamente la libertad de las comunidades a desarrollar y ejercer su cultura sin dificultad alguna. Concluye esta sección con el artículo 70, que en forma expresa ordena la elaboración, aprobación y aplicación de una ley específica que regule el derecho de los pueblos indígenas a promover y disfrutar libremente sus formas de vida peculiares, costumbres, tradiciones, formas de organización social, uso del traje y de los idiomas, el acceso a la tierra, los derechos laborales atinentes a la previsión social y los salarios justos, así como evitar cualquier situación de discriminación por su condición de indígena. Esta ley es la tarea pendiente del Estado que el Organismo Legislativo no ha realizado en los treinta años de vigencia de la actual Constitución Política de la República.
Fotografía por José David Son.
José David Son Turnil

De origen maya k’iche’ nacido en Totonicapán. Licenciado en Pedagogía, con maestría en Ciencia Política, actualmente docente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Facultad de Humanidades. Consultor y conferencista independiente para diferentes instituciones nacionales e internacionales.
Un Commentario
Señor José David Son, le escribo a nombre de mi comunidad en resistencia en San Luis Petén. Ud. publicó irresponsablemente hace unos meses atrás que CODECA habíamos recibido tierra gracias a la gestión de Ud. y que las mismas las habíamos vendido. Agradeceremos nos presente pruebas. Ya se lo hemos pedido, y ahora, se lo reiteramos. Gracias. De lo contrario entenderemos a qué intereses responde Ud
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