Empresarios: ¿víctimas o corruptos?

-Ricardo Barrientos / MANIFIESTO

Los empresarios que pagaron sobornos cometieron delitos, se corrompieron y dañaron a los empresarios honestos que se abstuvieron de ser parte de la corrupción.

El Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) revelaron cómo empresarios, un diputado miembro de la actual Junta Directiva del Congreso de la República y funcionarios de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) integraron una red criminal para agilizar el trámite de devoluciones de crédito fiscal a cambio de sobornos. Este caso no solo hizo escándalo, sino además ha desatado una polémica en torno a si esos empresarios fueron víctimas o delincuentes, tan corruptos como el resto de acusados.

Por el momento, este no es un caso de defraudación tributaria, por lo que los empresarios implicados no están acusados de delitos vinculados con el pago de impuestos. La fiscal general Aldana aclaró por un lado que hasta ahora las investigaciones sugieren que esas empresas sí podrían haber tenido derecho legítimo a esas devoluciones de crédito fiscal, pero que por otro el MP y la Cicig tienen pruebas de sobornos para agilizar el pago, y por ello se les acusa de haber cometido el delito de cohecho activo (y a los que gestionaron y recibieron esos pagos ilegales, de cohecho pasivo).

Ante esta situación, algunos argumentan que los empresarios acusados son víctimas porque se vieron obligados a pagar los sobornos, ya que el Gobierno atrasa excesivamente esos pagos establecidos en la ley. Es verdad que el gobierno incumple o se atrasa con esos pagos, ya que en el caso de los exportadores el Ministerio de Finanzas Públicas ha incumplido lo establecido en el artículo 25 de la Ley del IVA en cuanto a mantener en la cuenta Fondo IVA, para devoluciones del crédito fiscal a los exportadores recursos suficientes para pagar las devoluciones que la citada norma legal ordena.

O sea que los empresarios y el sector privado tienen razón en decir que los atrasos del Gobierno en estos pagos constituyen un problema, y además, que quizá es necesario evaluar cambiar el sistema, ya que existen alternativas técnicas como el régimen de tasa cero u otros. Pero en lo que no tienen razón (y algunos así lo han advertido), es que la existencia de ese problema justifique o exima de culpa por pagar sobornos, ya que las empresas no estaban obligadas a pagar el soborno.

Hay quienes han comparado este problema de la devolución de crédito fiscal con el de las colas largas para tramitar pasaportes. Sin embargo, se debe ser cuidadoso ya que no es lo mismo pagarle a alguien que haga la cola por uno (que no daña a los de atrás), que sobornar a un funcionario de la oficina de pasaportes (que sí daña y perjudica a todos en la cola, hayan pagado o no por el lugar). El primer caso se compara con contratar una agencia de asesoría tributaria para hacer un trámite en la SAT, lo cual es legal y legítimo, y lo segundo se compara con sobornar a un funcionario de la SAT, que es el caso que se está persiguiendo penalmente.

Haber sobornado funcionarios a la SAT para agilizar el pago de una devolución de crédito fiscal es cohecho activo, aún cuando se hubiese tenido derecho a esos pagos. Esto, entre muchas otras cosas, dañó severamente a los empresarios honestos que también tenían derecho a esas devoluciones, pero no se corrompieron pagando sobornos (ellos sí son víctimas aquí). Quienes pagaron esos sobornos son tan corruptos como quienes los gestionaron y recibieron, y por ello deben ser castigados conforme a la ley.

Dura lex, sed lex.

Ricardo Barrientos

Especialista en temas de política fiscal. Fungió como viceministro de Finanzas Públicas de Guatemala en 2009-2010. Consultor independiente sobre política fiscal, evaluación y seguimiento de políticas públicas. Ha publicado trabajos sobre política tributaria y análisis de la evasión tributaria en Guatemala.

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